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lunes, 9 de septiembre de 2013

DICTAMEN E INFORME



La evaluación psicológica, es revelar las problemáticas de las dimensiones psicológicas implicadas en el motivo por el cual se acude o es llevado. El informe psicológico corresponde al aspecto comunicable de la Evaluación Psicológica realizada, con los objetivos de comunicar información relevante, de acuerdo al destinatario al que está dirigido.

Peritación o Peritaje. Acto procedimental en donde el  especialista o técnico en un arte, ciencia u oficio, emite un dictamen que contiene sus razonamientos técnicos sobre la materia que le han pedido su intervención.

Dictamen
Es una opinión que realiza un especialista en la materia en cuestión, que se forma o emite sobre algo o alguien.
El dictamen varía dependiendo de la instancia legal que lo solicite, así como también la pregunta que pretende responder.
>Materia de peritación: Psicología. (Determinación del tipo o características de personalidad de procesados y víctimas. Valoración del daño)
>Requisitos para solicitar el peritaje:
A.     Oficio de solicitud, con planteamiento de problema en forma específica y clara.
B.     Averiguación previa o causa penal.
C.     Análisis de la víctima o procesado.
>Estructura del peritaje:
*Número de averiguación previa o causa penal.
*Número de oficio del solicitante y registro interno.
*Autoridad que solicita.
*Fecha de solicitud.
*Fecha de emisión.
*Planteamiento de problema.
*Material de estudio.
   -Paciente.
   -Pruebas Psicológicas.
*Metodología.
*Consideraciones técnico – científicas.
*Análisis del caso.
*Conclusiones.
*Bibliografía.
>Observaciones:
Para la emisión del dictamen el tiempo máximo es de 15 días hábiles.
El dictamen se entrega por lo regular directamente en el juzgado.

Otra forma podría ser la siguiente:
*Preámbulo:   Se anota el nombre o nombres de quienes firman, autoridad que ordena el dictamen, objeto del mismo y la orden dada por la autoridad de forma textual.
*Exposición general: antecedentes familiares, personales, información de allegados, otros informes psicológicos o de autoridad judicial, patología o problemática actual.
*Pruebas psicológicas.
*Fundamentación teórica (Respuesta documentada)
*Valoración general.
*Operaciones practicadas: Actividades realizadas para emitir el dictamen.
*Consideraciones y conclusiones: Estudios en contraste con la doctrina, experiencia y razonamiento lógico.
*Bibliografía

Informe
Exposición escrita, minuciosa e histórica de los hechos referidos a una evaluación psicológica, con el objetivo de transmitir a un destinatario, los resultados, conclusiones y pronóstico en base a los datos obtenidos y analizados a la luz de los instrumentos técnicos: entrevistas, observación, test, todos consustanciados en el marco referencial teórico, técnico y científico adoptado por el psicólogo.
El perito que interviene en atención al requerimiento de la autoridad, comunicara que se solicita su intervención puesto que no existe la posibilidad de emitir un dictamen, ya que no se logran emitir los elementos suficientes que le permitan asentar su opinión con fundamentos técnicos – científicos.
Razones por las que no se puede dictaminar, se informa de lo visto sin concluir a la pregunta.
*Protocolo que incluya la pregunta
*Antecedentes del caso
*Respuesta (Estado emocional)
*Resultados del tratamiento (Reporte psicológico, impresión diagnóstica)
*Conclusiones y sugerencias

En el informe psicológico se describe la personalidad de tal forma que al terminar de leerlo, se tenga una impresión cercana a la realidad del examinado.
El informe debe de ser especifico, definido, concreto, sin abreviar, evitando palabras rebuscadas o innecesarias, sin ser críticos, ni exagerar y debe de ser redactado en tercera persona.
El informe incluye: ficha de identificación, motivo de consulta o estudio, antecedentes, descripción del paciente, pruebas administradas, resultados de pruebas, diagnóstico, pronóstico, tratamiento.

Los informes psicológicos escritos en la práctica pericial sean oral o escrito, deben de tener las siguientes pautas.
a)     El contenido se adecuara a los aspectos básicos del caso: Introducción, procedimientos utilizados, conclusiones derivadas y su discusión.
b)     Expresara con claridad, evitando la erudición y los términos obscuros, todo lo relevante al caso.
c)     Excluirá o relativizara explícitamente todo aquello que no esté justificado de una manera objetiva, detallando su caso los niveles de confianza de las predicciones y descripciones.
d)     Concluirá con una o varias opiniones que el perito da en respuesta a las preguntas hipotéticas que le fueron formuladas por el juez o los abogados

Las conclusiones de un informe forense, deben dirigirse a los tópicos que le interesan al cliente, pero sin incluir todas las observaciones psicológicas que se pueden haber obtenido en la evaluación.

REFERENCIAS

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