Deriva
del Latin Testatio mentis que significa “Testimonio de voluntad” Es un
instrumento legal que expresa la voluntad del legítimo propietario (Testador) para que una o varias personas
determinadas (herederos) adquieran los derechos de las propiedades después del
fallecimiento, el testador dispone de sus bienes para que sean distribuidos
después de su muerte
El
testamento debe de ser un acto jurídico, unilateral, individual, personalísimo,
libre, solemne, revocable
Testamentos
ordinarios
a)
Público Abierto
Documento
certificado por notario público en el cual el testador transmite sus bienes,
derechos y obligaciones a sus sucesores, llamados herederos. Ante la presencia
de 3 testigos
b)
Publico Cerrado
Lo
puede escribir el testador o alguna otra persona a su petición. Una vez
escrito, el notario debe cerrar y sellar delante del testador y de los testigos
c)
Testamento Ológrafo
Lo
escribe el testador con puño y letra.
No
se admite si existe algún tipo de tachadura, borradura, o si el papel esta
maltratado. No tiene efecto sino se da aviso a la autoridad. Tiene que tener su
nombre completo, su firma y la de los testigos
Testamentos
especiales:
a)
Testamento Privado
Es
el que se escribe sin presencia de un notario. Se realiza cuando la persona no
puede acudir a un notario o juez o cuando no hay alguien cerca que lo haga
oficial.
b)
Testamento Militar
Se
realiza cuando alguien del ejército está en peligro. Debe ser ante un superior.
Se puede entregar cerrado y sellado a los testigos
c)
Testamento Marítimo
Se
realiza en el mar, ante la máxima autoridad del navío
d)
Espacial
Se
realiza en aeronaves o naves espaciales, ante la máxima autoridad
e)
Hecho en un país extranjero
Se
realiza fuera del territorio de la nación del testador. Debe cumplir con las leyes el
lugar en que lo otorgue, se puede realizar ante un agente diplomático o
consular del país.
*Conmoriencia
Es
la muerte simultánea de dos o más personas. Es una presunción legal, que supone
que cuando en un mismo accidente muere más de una persona y no hay pruebas de
cual murió primero, se considera que todas fallecieron simultáneamente.
Es
importante saber si los fallecimientos fueron simultáneos o sucesivos para el
derecho sucesorio. Cuando un miembro sobrevive al otro, aunque sea por
instantes, adquiere los derechos sucesorios del otro y este a su vez los puede
transmitir a sus herederos.
*Albacea
Encargada
de cumplir las disposiciones hechas por el testador. Tiene que cuidar de los
bienes y destinarlos de la manera que lo dicta el testamento. El albacea tiene
que acudir ante la notaria y presentar el acta de defunción y la escritura del
testamento para comenzar con el trámite.
**No
pueden ser testigos de un testamento
Menores
de 16 años, quienes no estén en su sano juicio, personas mudas, ciegas, sordas,
que no entiendan el idioma del testador, los herederos, familiares cercanos,
quienes hayan sido condenados por delito de falsedad, y quienes trabajan con el
notario que autorice.
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